Acaba de aparecer la monografía XIV de la Revista Aragonesa de Administración Pública: «TRANSPARENCIA, PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN EL SIGLO XXI»

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En la misma colaboro con mi estudio Derecho y «Gobierno Abierto». La regulación de la transparencia y la participación y su ejercicio a través del uso de las nuevas tecnologías y las redes sociales por las Administraciones Públicas. Propuestas concretas.

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Pongo aquí el contenido y sumario, para quien pueda interesar su lectura.

CONTENIDO:
I. Buen gobierno, transparencia y participación y TICs. De la e-democracia y e-Administración 1.0 al llamado “gobierno abierto”
II. Incorporación al Derecho de los principios y derechos de transparencia, buena Administración y participación y su especial impulso en los nuevos Estatutos
1. La fundamentalización la transparencia, buena Administración y participación
2. El especial impulso de estos derechos y principios en los nuevos estatutos
III. La necesidad y conveniencia de una regulación seria de la participación y transparencia y su ejercicio a través de las TICs. Elementos básicos de regulación y premisas
1. La hipocresía y falta de convicción de los poderes públicos en la regulación
2. La conveniencia y necesidad de regular diversos aspectos de la participación y de complementar a la Ley estatal de transparencia
3. Quién y cómo puede regular la participación y transparencia y su ejercicio a través de las TICs
4. Algunas premisas e ideas básicas para la regulación
IV. Propuestas de regulación concretas respecto del uso de las TICs y de las redes sociales por las Administraciones públicas para la participación, transparencia y difusión de información
1. Qué regular respecto de la participación y el uso de las TICs
2. Qué regular respecto de la transparencia y difusión de la información pública a través de las TICs
3. Y por último, elementos de regulación del uso de redes sociales por las Administraciones públicas
RESUMEN
El Derecho viene acogiendo desde hace años principios y derechos de buena administración, acceso a la información, transparencia y de democracia participativa. Algunos van tomando forma de derechos fundamentales y los Estatutos de autonomía han subrayado este proceso. No obstante, es necesaria la concreción jurídica y la labor legislativa. Estos principios y derechos, también desde hace años, estaban fuertemente ligados a las nuevas tecnologías y la administración electrónica. No obstante, con la web 2.0 o web social surge con fuerza la noción de “Gobierno abierto”. Se trata de un concepto abierta y necesitado de concreción, que incluye aquellos derechos y principios, aunque también incorpora algunos nuevos elementos. Asimismo, con esta expresión se subraya que internet y las redes sociales, y toda la cultura y nuevos hábitos que implican, son esenciales para hacer efectivos viejos y nuevos objetivos. Se considera que se trata de una buena ocasión para relanzar viejos objetivos y hay que evitar que quede en una mera moda. Para ello, el autor apuesta decididamente por la necesidad y utilidad del Derecho y de buenas regulaciones para “fijar, limpiar y dar esplendor” al gobierno abierto.
Sobre esta base, se critica que la mayoría de las normas existentes tengan más intenciones simbólicas, políticas o meramente propagandísticas que propiamente jurídicas. Y frente a ello, se asientan las premisas y elementos básicos de la regulación de la transparencia y participación en general. De forma concreta, se formulan propuestas concretas de regulación del uso de las TICs y de las redes sociales por las Administraciones públicas para la participación, transparencia y difusión de información.
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