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Transparencia y datos personales: por qué hacen falta criterios comunes

Acaba de publicarse mi artículo “Acceso a la información pública y protección de datos: una ponderación mal resuelta y la necesidad de criterios comunes”, en la Revista Española de la Transparencia, dentro del número extraordinario “La transparencia desde el Derecho Constitucional” (Núm. 23, Extra 2026). Ha sido un lujo poder escribir en esta revista entre colegas y amigos como Chueca, Revenga, Miranda, Abad, Rubio, Gonzalo, Porras, Agudo, Moreno, Serrano, Cebrián, Sánchez de Diego y Serrano-Soria, con la amplitud y calidad de sus contribuciones.

Mi trabajo parte de que la convergencia entre los derechos (fundamentales en muchos casos) de acceso a la información pública y la protección de datos se está resolviendo con demasiada fragmentación y desigualdad. Se identifican no pocos supuestos en los que el resultado es inseguridad, respuestas dispares y una ponderación desdibujada y asimétrica en el territorio español, frente a la igualdad de posiciones constitucionales que debería quedar asegurada. De ahí la llamada a adoptar criterios interpretativos comunes, operativos y estables entre las instituciones competentes tanto de protección de datos como de transparencia.

El artículo busca responder, entre otras, a preguntas como ¿qué significa jurídicamente “acceder” a información que contiene datos personales dentro del marco de transparencia, y cómo se ordenan de forma correcta las fuentes europeas y españolas aplicables?, ¿por qué el artículo 15 Ley 19/2013 presenta un diseño asimétrico que acaba condicionando la ponderación y generando disfunciones en la práctica en las administraciones y los órganos garantes?, ¿por qué las reformas propuestas en 2025 son insuficientes, con ajustes técnicos que no corrigen -sino que incluso empeoran- los problemas de fondo del artículo 15?

El estudio identifica puntos sensibles de protección de datos y transparencia donde la práctica se atasca: información sancionadora, anonimización, inadmisiones de solicitudes de acceso, acceso al expediente por interesados o audiencia a interesados cuyos datos personales se solicitan, entre otras cuestiones. 

Frente a las insuficientes reformas legales anunciadas en 2025, se propone retomar los criterios interpretativos compartidos y con cooperación efectiva entre las autoridades independientes.

Espero que el artículo sea de interés e incentive el debate.

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